INICIATIVA DE REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN DE B.C.S. EN MATERIA ELECTORAL
*
Contemplan la reelección de Diputados y Presidentes Municipales*
Baja California Sur vuelve a la Lista de Representación Proporcional para
Diputados.
La
Comisión Especial Plural para la Reforma Electoral en la entidad, dentro del
proceso legislativo para redactar lo que será la nueva Ley en la materia en Baja California Sur, presentó en la sesión
ordinaria de este jueves iniciativa de reforma y adiciones a diversos artículos
de la Constitución Política del Estado, acciones de tipo legal que se derivan
de la entrada en vigor recientemente de
la Ley General de Procesos Electorales y de una serie de cambios a la
Constitución General de la República en el tema electoral, que mandatan a los
estados a legislar sobre el particular, para contar con la armonización
legislativa y con ello contar con la normatividad que regirá el proceso
electoral 2014-2015 en el estado..
El
documento firmado por los seis diputados
y diputadas integrantes de la Comisión, y dado a conocer por la Diputada
Guadalupe Olay Davis, y los diputados Juan Domingo Carballo Ruiz y Axxel Sotelo
Espinoza de los Monteros, integrantes de la Comisión Plural, señala en el
Artículo 41 Fracción I inciso a) que en
el caso de la asignación de diputados en el estado de Baja California Sur “se
constituirá una sola circunscripción
plurinominal, que comprende a todo el Estado”, por lo que a partir de las
elecciones del año 2015, la entidad regresa a la lista de representación,
quedando atrás el llamado “mejor perdedor” que ha estado vigente durante varios años en sudcalifornia.
Se
señaló que dentro de la obligación que surge
para la XIII Legislatura se encuentra un ejercicio de armonización de la
Constitución y leyes locales en consonancia con el mandato constitucional
federal en materia político-electoral, así como un ejercicio de reforma
legislativa a nivel de la constitución estatal en referencia a los artículos 16
y 41 de la Constitución General de la República.
El
Artículo 36 estipula que las campañas políticas en el estado para gobernador,
alcaldes y legisladores locales no podrán exceder de 90 días, en tanto que
cuando la elección sea para presidentes municipales y diputados no pasarán de
60 días, y en ambas elecciones no podrán durar las precampañas más de las dos
terceras partes de las campañas”.
En
tanto la reforma al Artículo 46 de la
Constitución del Estado, puntualiza que los diputados locales podrán ser
reelectos hasta por cuatro periodos consecutivos, precisando que la
postulación, “Sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de
los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que
haya renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.
En
el caso de los ajustes a los tiempos políticos, se propone en la iniciativa que
el Gobernador del Estado para el periodo 2015-2021 tome posesión el día de 10
de septiembre del año entrante, en tanto que la legislatura el 1 de septiembre
también de 2015.
En
el caso del Artículo 141 contempla la reelección de presidentes, sindico y
regidores para un periodo adicional “siempre y cuando el periodo de mandato de
los Ayuntamientos no sea superior a tres años, y la postulación solo podrá
realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de
la coalición que lo hubieren postulado”.
Las
reformas constitucionales y la nueva ley electoral que deberá aprobar el
Congreso del Estado en los próximos días “son para dar certeza al proceso
electoral del año entrante, y garantizar a los ciudadanos de unas elecciones
transparentes en las que el sufragio sea respetado en todos sus términos”.
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